sábado, 14 de mayo de 2011

CHAMIZO: DONDE DIJE DIGO, DIGO DIEGO O EL ARTE DE SOBREVIVIR NO COMPLICÁNDOSE LA VIDA



Delega en el defensor estatal la posible impugnación

Día 12/05/2011 - 00.36h

El Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo, ha remitido un escrito a la Defensora del Pueblo Estatal en funciones, María Luisa Cava de Llano, en el que le ofrece la posibilidad de presentar un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Reordenación de la Administración de la Junta, medida que sin embargo no apoya la institución andaluza pese al requerimiento expreso que le hizo la Plataforma de Empleados Públicos.
De esta forma, el Defensor del Pueblo Andaluz se desmarca del movimiento de protestas que durante los últimos meses ha venido protagonizando gran parte de los funcionarios de la Junta, y traslada a la institución estatal la decisión de la hipotética impugnación.
Fue el pasado 14 de abril, tras mantener una reunión con representantes de la Plataforma de Empleados Públicos, cuando Chamizo envió al Defensor Estatal la petición para que presentara el recurso de inconstitucional (como informó ABC), aunque «quedando a salvo el análisis posterior que procedía acometer sobre las pretensiones de la Plataforma».
Chamizo recuerda que meses atrás, cuando todavía la Ley no se había aprobado y la reordenación se estaba impulsado con formato de decreto, la Oficina del Defensor del Pueblo yase pronunció y consideró (tras oír a la Junta de Coordinación) que no procedía recurrir ante el Constitucional. Ahora vuelve a repetirse la historia, y del análisis jurídico realizado, se concluye que «La Ley de Reordenación del sector público se enmarca en el ámbito constitucional y estatutario de las competencias de autoorganización de las instituciones, entidades y órganos administrativos de la Administración Autonómica, cuya competencia corresponde en exclusiva a la Comunidad Autónoma».
Así, y al margen del «criterio que adopte» el Defensor Estatal, Chamizo destaca que una vez oída la Junta de Coordinación y Régimen Interior, se acuerda de nuevo «no instar la formulación del recurso de inconstitucionalidad». La Plataforma contaba como principal baza un dictamen del profesor Manuel Clavero donde este experto en Derecho Administrativo apreciaba que la parte fundamental la Ley podría ser inconstitucional.

CLAVERO PRESENTA EL PRIMERO DE LOS RECURSOS CONTRA LAS AGENCIAS


CLAVERO LLEVA AL TSJA UN RECURSO DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS


El bufete del catedrático de Derecho Administrativo y ex ministro Manuel Clavero Arévalo presentó ayer, en nombre de la Plataforma de Empleados Públicos de Andalucía (PEPA), un recurso contra el decreto que dio luz verde a los estatutos de una de las agencias recogida en la Ley de Reordenación del Sector Público, en este caso la Agencia Andaluza de Medio Ambiente y Agua, lo que constituye el primero de una serie de recursos judiciales contra los estatutos de las agencias. Fuentes de la plataforma indicaron que con esta iniciativa piden la suspensión cautelar de dicha agencia.

Clavero presentó este recurso "en nombre de todos los empleados públicos" -recalcaron fuentes de la PEPA-, para lo cual fue apoderado por 31 trabajadores. "Será el primero de una serie de recursos contra todos y cada uno de los decretos por los que fueron aprobadas las diferentes agencias creadas en el seno de la reordenación del sector", señaló un portavoz de la PEPA. La plataforma recordó que Clavero ya se pronunció, en un informe encargado a su despacho por la propia organización, sobre la "inconstitucionalidad" de la ley. .....

http://www.diariodesevilla.es/article/andalucia/973895/clavero/lleva/tsja/recurso/los/empleados/publicos.html

lunes, 9 de mayo de 2011

Otro éxito de l@s emplead@s públicos. Ya hemos completado el importe para nuestra defensa jurídica con Clavero Arévalo


Finalmente tal y como se acordó en la coordinadora andaluza de Antequera el viernes 5 de mayo, in extremis, cerramos exitosamente el recuento para abonar al Dr. Clavero Arévalo sus servicios.

Al momento del cierre son much@s los que desde Málaga, Huelva y otras provincias así como de otros centros de trabajo en Sevilla han trasladado el interés por contribuir en este frente común.

Son muchas las formas de hacerlo y será cada Asamblea la que decida cómo; con la firma de apoyo a l@s apoderados, destinando lo recaudado a apoyar a la defensa jurídica iniciada desde Córdoba, aminorando el esfuerzo de los y las que entraron antes del periodo de cierre o simplemente manteniendo una caja de resistencia para que aquell@s que nos agreden sepan que contaremos con recursos en el futuro para las batallas que estén por venir.


Este nuevo frente de l@s emplead@s públicos contra el proceso de reordenación nos pertenece a tod@s y ninguno,
haber logrado los recursos económicos para Clavero es un éxito colectivo que nos corresponde a tod@s los y las emplead@s públicos, cada uno con su granito de arena, ya sea un euro ingresado, cada mail enviado, cada post en un blog, cada pitido y grito en una manifestación ....



simplemente JUNT@S PODEMOS!



A continuación y en aras de la transparencia se detallan las cantidades que corresponden a cada centro y provincia que entró en el recuento en función del número de aportantes.


Los remanentes sobrantes de las recaudaciones de cada centro (incluyendo aquellos que han manifestado su interés tras el viernes a las 12.00h) deberán ser gestionados por la Plataforma correspondiente y serán las personas que ha aportando las que deberán decidir su futuro destino (apoyo a Córdoba, caja de resistencia, carteles, camisetas, reingresos...).


El martes a las 11.00h se efectuará el ingreso contra justificante al Dr. Clavero Arévalo, dejando la cuenta puente a 0 € y procediendo a su cierre.
CENTRO O PLATAFORMA
Nº de personas
Que han aportado para los estatutos
Cantidad correspondiente para el pago de los estatutos con Clavero (nº de personas x 15 €)

Sevilla - Cultura
108
1.620 €

Sevilla - D.P. Medio Ambiente
51
765 €

Sevilla - Obras Públicas
115
1.725 €

Sevilla - Salud (SS.CC + D.P+SAS.)
196
2.940 €

Sevilla - Agricultura + Varios Gestionados por Plataforma de Agricultura *1
438
6.570 €

Sevilla - CEIC
162
2.430 €
Depositó en la cuenta puente su sobrante de 736 € de la 1ª recaudación para poder adelantar el pago del informe. Debe ingresar
1.694 € (2.430 – 736)

Sevilla - Agua
46
690 €
Depositó en la cuenta puente su sobrante de 395 de la 1ª recaudación para poder adelantar el pago del informe. Debe ingresar
295 € (690 – 395 )

Sevilla - Torretriana + varios gestionados por esta plataforma *2
518
7.770 €
Depositó en la cuenta puente su sobrante de 2.713 € de la 1ª recaudación para poder adelantar el pago del informe. Debe ingresar
5.057 € (7.770 – 2.713)

Sevilla - IAJ
10
150 €

Sevilla - SS.CC Igualdad
110
1650 €

Sevilla - D.P Igualdad + varios gestionados por esta Delegación *3
188
2.820 €

Cadiz
300
4500 €

Huelva
342
5.130 €

Almeria
216
3.240 €
Han ingresado 20 € por persona, por lo que tienen un sobrante de 1.080 €. Han comunicado que se proceda al traspaso a Córdoba cuando se cierren las cuentas
TOTAL
2.800
42.000 €









*1_ Se han sumado a esta plataforma personas de SS.CC Medio Ambiente, Presidencia, Consejería de Educación, Agua-casa rosa, DP Jaén, Agencia de la Competencia-economía.
*3_se gestionan a través de esta plataforma el IAM y Gobernación
*2_ Se han sumado a esta D.P. personas de Plataforma de la Enseñanza Pública de Andalucía

domingo, 8 de mayo de 2011

CLAVERO COMENTA LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA DEL TC SOBRE EL GUADALQUIVIR


La ejecución de la sentencia sobre el Guadalquivir
MANUEL CLAVERO ARÉVALO | ACTUALIZADO 08.05.2011 - 01:00

SABIDO es que la sentencia del Tribunal Constitucional de 16 de mayo de 2011 estimó parcialmente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Junta de Extremadura contra diversos artículos del reciente Estatuto de Autonomía de Andalucía y declaró nulo el artículo 51 del Estatuto, bajo el título de Cuenca Hidrográfica del Guadalquivir, que establecía que "la Comunidad Autónoma de Andalucía ostenta competencias exclusivas sobre las aguas de la Cuenca del Guadalquivir que transcurren por su territorio y no afectan a otra Comunidad Autónoma, sin perjuicio de la planificación general del ciclo hidrológico, de las normas básicas sobre protección del medio ambiente, de las obras públicas hidráulicas de interés general y de lo previsto en el artículo 149.1.22 de la Constitución".

La sentencia del Tribunal Constitucional declara nulo, y por tanto inconstitucional, el transcrito artículo 51 del Estatuto y el fundamento para ello radica en la vulneración del artículo 122 de la Constitución, que establece la competencia exclusiva del Estado de los recursos y aprovechamientos hidráulicos cuando las aguas discurran por más de una comunidad autónoma, como es el caso de la cuenca del Guadalquivir, cuyas aguas, aunque en mínima parte, discurren por las comunidades de Murcia, Castilla-La Mancha y Extremadura. Se trata de una sentencia que por su naturaleza es simplemente declarativa de nulidad, sin que imponga expresamente obligaciones de hacer, pero no cabe duda que la declaración de nulidad, por inconstitucional, de una sentencia del Tribunal Constitucional, obliga a reparar lo que se haya efectuado en contra de la inconstitucionalidad declarada.

Hay que recordar que el artículo 51 del Estatuto de Autonomía de Andalucía se ha ejecutado en buena parte, y que por real decreto que ha sido recurrido se han transferido a Andalucía buena parte de las competencias, personal, bienes, etcétera. de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y que se ha creado la Agencia Andaluza del Agua y que en la reciente reordenación del sector publico andaluz, efectuado por la Ley 1/2011, se ha creado la Agencia de Medio Ambiente y Agua.

No es fácil la ejecución de la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró nulo el artículo 51 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, porque son muchos los actos dictados por la nueva organización (concesiones, autorizaciones, sanciones, etcétera). Quizás por ello el Gobierno de España ha acordado con el de Andalucía una encomienda de gestión temporal del Guadalquivir, para aclarar todo lo relativo a la ejecución de la sentencia, pero esta situación, aunque prorrogable, no puede ser indefinida.

La Ley Orgánica del Tribunal Constitucional no contiene un título dedicado a la ejecución de las sentencias de dicho Tribunal, algo distinto a lo que ocurre en otras jurisdicciones, en las que la ley que las regula (enjuiciamiento civil, enjuiciamiento criminal, ley de la jurisdicción contencioso-administrativa...) contienen importantes preceptos sobre la forma de ejecutar sus respectivas sentencias. Ello no puede conducir de manera alguna a la conclusión de que las sentencias del Tribunal Constitucional no se ejecutan. Por el contrario, el Tribunal Constitucional puede disponer en la sentencia o en resoluciones posteriores quién ha de ejecutarla.

La Ley Orgánica 6/2007, de modificación de la 2/1979 del Tribunal Constitucional, ha añadido un párrafo que atribuye al Tribunal Constitucional la facultad de declarar la nulidad de las resoluciones que contravengan las dictadas en el ejercicio de su jurisdicción, con ocasión de la ejecución de éstas, previa audiencia del Ministerio Fiscal y del órgano que las dictó. Quiere ello decir que el Tribunal Constitucional está expresamente facultado para declarar la nulidad de las resoluciones contrarias a las sentencias y resoluciones dictadas por dicho Tribunal, cuando algún órgano judicial o administrativo dictan actos o disposiciones contrarios a lo resuelto por el alto Tribunal.

Recientemente el presidente del Consejo Consultivo de Andalucía ha declarado que Andalucía no merecía el trato que ha recibido del Tribunal Constitucional al anular la competencia exclusiva sobre el río Guadalquivir, ya que no se nos ha respetado y se nos ha tratado de manera desigual en relación con Cataluña. No parece que se refiera a una discriminación hidrológica, sino a un trato muy beneficioso, en general, para el Estatuto de Cataluña, pero ello no nos puede llevar a creer que el artículo 51 del Estatuto de Andalucía era constitucional a pesar de los matices que le introdujo el Consejo Consultivo.

Por lo dicho creo que, como ha dicho recientemente el académico Pérez Marín, la ejecución de la sentencia del Tribunal Constitucional exige volver a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir con todas las consecuencias.

jueves, 5 de mayo de 2011

PROTOCOLOS DE INTEGRACIÓN DE PERSONAL EN AGENCIAS Y S.A.E.

Y para rematar un fin de semana movidito, en el BOJA núm. 84, del sábado pasado (30 de abril), se da publicidad a las diversas resoluciones de la Secretaría General para la Administración Pública, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por las que se aprueban los Protocolos de Integración de Personal en diversos organismos.
Así ocurre en los casos siguientes:
Agencia Andaluza del Conocimiento
Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía
Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía
Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía
Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía
Servicio Andaluz de Empleo
Agencia Pública Empresarial Sanitaria Costa del Sol.

Para más información:

ESTATUTOS DE LAS AGENCIAS EN BOJA


ESTATUTOS DE LAS AGENCIAS
En BOJA del viernes pasado, día 29 de abril, num. 83, además de la modificación de la RPT de diversas Consejerías, aparecen publicados los decretos que aprueban los estatutos de diversas agencias.
Éstas son:
Agencia Andaluza de Instituciones Culturales
Servicio Andaluz de Empleo
Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía
Agencia Andaluza del Conocimiento
Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía
Agencia Pública Empresarial Sanitaria Costa del Sol
Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía
Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía

CONVOCATORIA MANIFESTACION SEVILLA. Día 14 de Mayo.




RECORRIDO


CONVOCAN:

Las siguientes plataformas, asociaciones y organizaciones sindicales:

Plataformas y Asociaciones:

Plataforma de Empleados Públicos de Andalucía (PEPA)
Plataforma de Opositores y Funcionarios de la Junta de Andalucía Asociación
El Tercer Lado
Defiendo Mi Derecho y La Gestión Pública
Plataforma de Enseñanza Pública de Andalucía

Organizaciones Sindicales:

Central Sindical Independiente y de Funcionarios de Andalucía (CSI-F)
Confederación General del Trabajo-Andalucía (CGT-Andalucía)
Unión Sindical Obrera-Andalucía (USO-Andalucía)
Unión de Sindicatos de Trabajadoras y Trabajadores en Andalucía (USTEA)
Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía (SAFJA)
Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT)
Asociación de Agentes de Medio Ambiente de Andalucía (AAMAA)
Asociación Sindical PIENSA VOLENS
Asociación de Profesores de Instituto de Andalucía (APIA)

El próximo sábado 14 de mayo a las 12 horas, nueva manifestación en Sevilla, de carácter autonómico, convocando a todos los empleados públicos y opositores de la Junta de Andalucía, así como a la ciudadanía andaluza, en protesta por la promulgación de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de Reordenación del Sector Público en Andalucía, también conocida como “Ley del Funcionarizo”, así como por la aprobación de los Decretos de Creación de 8 Agencias por el Consejo de Gobierno, el pasado 19 de abril (martes santo), nuevamente con alevosía y en periodo vacacional, tal y como ocurrió con el Decreto 5/2010.

La manifestación transcurrirá desde la Plaza Nueva, pasará por la sede de la Presidencia de la Junta de Andalucía en el Palacio de San Telmo y finalizará en la Plaza de España.

Esta convocatoria es fruto del acuerdo adoptado en la reunión de empleados públicos andaluces, celebrada en Antequera del pasado 16 de marzo, y a ella concurrirán, además de las Plataformas y Asociaciones de Empleados Públicos, Opositores y Funcionarios, las organizaciones sindicales más representantivas del Sector Público Andaluz en todos sus ámbitos y que no han actuado en connivencia con la Junta de Andalucía, para consumar la aprobación de una ley, a todas luces, inconstitucional.

Sobre la citada inconstitucionalidad de la Ley se ha pronunciado el reconocido jurista Profesor D. Manuel Clavero Arévalo, en el informe emitido a petición de la Plataforma de Empleados Públicos de Andalucía y que ha sido presentado al Defensor del Pueblo Andaluz, D. José Chamizo de la Rubia, para su remisión a Dña. Mª Luisa Cava de Llano y Carrió que, en la actualidad, ostenta -en funciones- el cargo de Defensora del Pueblo Español, a fin de que interponga, como uno de los órganos legitimados para ello, recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.


CARTEL MANIFESTACION 14 DE MAYO